Embriones

Cambiar el mundo

Javier Pereda Pereda

La sentencia de 16 de febrero de 2024 de la Corte Suprema de Alabama establece que los embriones congelados son niños.

Esta resolución para la BBC es “controvertida”; la CNN califica de “fallo sin precedentes”; El Economista de “polémica”; World Socialist: “un ataque arrollador contra los derechos democráticos y la ciencia”; ABC: “sacude a la FIV”; El País: “amenaza a las clínicas de fertilidad”; la Casa Blanca la reprueba; Nikke Halley la celebra; la Universidad de Salud de Alabama suspende los tratamientos; y, para el profesor de la Universidad de Harvard, Miguel Ángel Martínez-González: “Es obvio. Era hora de que alguien lo dijera”.

Este dictamen judicial responde a las demandas de tres padres contra un hospital, por la actuación negligente de un empleado que causó la muerte de sus hijos en estado embrionario. El caso “Le Page vs Mobile Infirmary Clinic Inc.”, fue desestimado en primera instancia y terminará en el Tribunal Supremo.

Este fallo tiene un importante calado ético, jurídico y económico. Tanto como la decisión en 2022 del Tribunal Supremo, “Dobss vs Jackson”, que derogaba la sentencia “Roe vs Wade” de 1973 y concebía el aborto como un derecho. Si el Tribunal Supremo de Washington consolida este criterio jurisprudencial, constituirá un precedente en el resto de legislaciones mundiales.

Desde los años 60 la fecundación asistida ha ido desarrollándose, científica y legalmente, para facilitar tener hijos. Pero no toda aprobación legal significa que sea moral. En las Instrucciones “Donum vitae” y “Dignitas personae” se explican los criterios antropológicos y morales sobre la inseminación asistida.

Se denomina embrión al ser humano constituido desde la concepción (unión del óvulo con el espermatozoide) hasta los 2 meses; después se califica feto y éste experimenta un progresivo desarrollo embrionario.

En España existen cerca de 700.000 embriones crioconservados en tanques de nitrógeno líquido a menos 150º, lo que suscita un importante interrogante ético. La fecundación in vitro exige contar con abundantes embriones, porque sólo un 40% llegan a prosperar; el resto no anidarán y morirán. Pero se trata de personas humanas en estado embrionario, que son niños de hasta dos meses de edad.

La prueba de que la FIV ha fracasado por falta de criterios deontológicos, es que el número de embriones congelados aumenta de forma descontrolada, sin encontrarles un destino; la mayoría de los progenitores abandonan los embriones en bancos de conservación.

Existen varias posibilidades con estos embriones: implantarlos a los dueños, donarlos, destruirlos o cederlos para la investigación. Las dos primeras soluciones suponen éticamente un mal menor; las dos últimas atentan contra el derecho fundamental a la vida y la dignidad humana. Porque nos recuerdan desde Alabama que los embriones, desde su concepción, son seres y personas humanas.

Sin embargo, la realidad es que hasta ahora se ha banalizado, cosificado y mercantilizado su existencia en la mayoría de las legislaciones estatales. Se transmite la idea errónea de constituir un mero amasijo de células, cuando es un niño.

Este es el hallazgo de la Corte Suprema del estado de Alabama, que, en base a una ley de 1872, que permitía a los padres demandar por la muerte de un niño, ésta se aplica también a todos los niños no nacidos, como son los embriones.

Por contraste, nuestro intérprete constitucional con planteamientos kafkianos se decanta abortista. El “Todos tienen derecho a la vida” lo vinculan con una ley de 1888, el Código Civil bajo la regencia de María Cristina, al postular que la personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, producido el desprendimiento en el seno materno.

Como expresó Gregorio Peces-Barba —con una sinceridad digna de encomio—, otrora presidente del Congreso de los Diputados y uno de los siete Padres de la Carta Magna, en la discusión sobre la redacción del artículo 15 de la Constitución en la Cámara Baja: “Desengáñense sus señorías. Todo depende de la fuerza que está detrás del poder político y de la interpretación de las leyes. Si hay un Tribunal Constitucional y una mayoría política proabortista, «todos» permitirá una ley del aborto; y si hay un Tribunal Constitucional y una mayoría antiabortista, «personas» impedirá una ley del aborto”.

La sentencia de la Corte Suprema de Alabama, lejos de cercenar el aumento de la natalidad —en Estados Unidos la tasa de natalidad es del 1,9%— pretende proteger la escabechina de embriones y niños indefensos.